Los libros electrónicos los debes de conservar hasta el plazo de 5 años o hasta que el tributo prescriba, el que resulte mayor.
En términos generales lo debes de conservar por un plazo de 5 años.
Los libros electrónicos los debes de conservar hasta el plazo de 5 años o hasta que el tributo prescriba, el que resulte mayor.
En términos generales lo debes de conservar por un plazo de 5 años.
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Dr. si una empresa realiza su baja definitiva en enero -2014 y sunat quisiera realizar una auditoria a la empresa en el 2020 aplicaría o no. (quedó inconclusa esta respuesta)
No porque ya prescribió dicho periodo.
Una consulta y las facturas de compra y venta por cuanto tiempo tengo q guardar??
La norma de IGV menciona 4 años.
Hola Miguel, ¿No entiendo bien a que te refieres con el plazo de prescripción del tributo 4, 6, 10.? Gracias.
Son los tiempos en años que prescriben los tributos, tienes que leer código tributario.
Ejemplo si la empresa realiza su baja definitiva en enero -2014 y sunat quisiera realizar una auditoria a la empresa en el 2020 aplicaría o no.
1. Puede explicarme, por favor. Que archivos debo almacenar por 05 años: el archivo PDF(constancia de presentación), TXT(que genera mi software contable), TXT(que guarda por defecto en el disco C cuando uno envía los archivos a Sunat).
2. Que es el arhivo Xple?
Los tres archivos son importantes, los archivos txt, la constancia PDF y el XPLE.
Buen dia Miguel, En que casos la SUNAT almacena los libros electronicos de los contribuyentes? Gracias
Sunat no realiza esa tarea, las empresas son responsables de almacenar una copia de sus libros electrónicos.